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Responsable Acceso a la Información
Abog. Humberto Martin Ruiz Ruiz

Resolución de Alcaldía Nº 184-2023-MPF/A

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Gian Carlos Llaguento Cespedes
Resolución de Alcaldía Nº 186-2023-MPF/A

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Autoriza a conducir vehículos no motorizados de tres (3) ruedas, destinados a la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, conforme lo establece la Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, y demás disposiciones aplicables.

Los requisitos para obtenerla son:

  • a) Presentar el formulario con carácter de declaración jurada, aprobado por la DGTT mediante Resolución Directoral, en el que se consignen los datos personales del solicitante, debidamente llenado y suscrito. (Descargar aquí)
  • b) Edad mínima, 18 años.
  • c) Primaria completa. *
  • d) No estar suspendido o inhabilitado, según la información del Registro Nacional de Sanciones. *
  • e) Declaración jurada de no estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos del transporte terrestre. *
  • f) Certificado de salud para licencias de conducir, expedido y registrado en el Sistema Nacional de Conductores, o Certificado de Salud emitido por el Establecimiento de Salud del MINSA o de ESSALUD de la localidad.
  • g) Aprobación del examen de conocimientos.
  • h) Aprobación del examen de habilidades en la conducción para la categoría.
  • i) Pago por derecho de tramitación.